Por Arzola
Principio de certeza
Este principio rector en materia electoral, previsto en el artículo 41, base V, apartado A, de la Constitución, exige que todas las actuaciones de las autoridades electorales sean veraces, reales y apegadas a los hechos, de modo que los resultados y los procedimientos sean verificables, firmes y no den lugar a dudas.

Este principio tiene implicaciones muy importantes en la práctica. Por ejemplo, las reglas con las que se desarrollarán las elecciones deben conocerse con suficiente anticipación. No sin razón, el artículo 105, fracción II, constitucional prohíbe implementar reformas electorales dentro de los 90 días previos al inicio del proceso; asimismo, exige que los actos y resultados puedan comprobarse con documentos y datos objetivos (actas, cómputos, padrón y boletas).
Boletas planchadas
Es de Perogrullo que el sufragio de los ciudadanos se plasma en un documento conocido como boleta electoral, cuyas dimensiones son muy parecidas a las de una hoja tamaño carta. Este documento, que contiene la voluntad del votante, debe introducirse en la urna transparente, cuya ranura mide aproximadamente doce centímetros de largo por tres milímetros de ancho. Estas dimensiones obligan a doblar la boleta para que pueda entrar en la urna.
La boleta planchada es aquella que no presenta ningún doblez; de ahí el término coloquial.
Aquí viene la parte escalofriante: el 3 de septiembre, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó unos lineamientos que regulan la preparación y el desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción para el proceso electoral 2026-2027.

Dichos lineamientos, ahora impugnados, fueron aprobados por mayoría de siete consejeros y establecen que el pleno de los consejos distritales decida si lo asentado en esas «boletas planchadas» es computable; en otros términos, si suma como voto o no.
¿Cómo entender este acto de prestidigitación electoral? Si la boleta no entró a la urna, o apareció en su interior sin haber sido doblada, ¿por qué tendría que contar como voto válido?
¿Cuál es el origen de esta temática para elecciones en las que las boletas necesariamente deben doblarse para ser introducidas en la urna?
Todo parece indicar que la idea se importó de la elección judicial del año pasado, pues fue en esos comicios donde se anularon miles de papeletas planchadas. En esos comicios, el conteo de votos no se hizo en las mesas directivas de casilla, sino días después, en los consejos distritales.
En efecto, debe recalcarse que los integrantes de las mesas directivas de casilla no abrieron las urnas para contar los votos y, por lo tanto, las boletas no fueron clasificadas. Esto constituyó, en mi opinión, un flagrante atentado contra el principio de certeza. Generó una duda fundada sobre qué se hizo con las urnas durante su traslado a los consejos distritales (probable violación a la cadena de custodia). Además, los representantes de los candidatos nunca estuvieron presentes.

En esos casos, el Tribunal Electoral valoró la aparición de boletas planchadas como indicio de fraude.
Esa elección del Poder Judicial, en mi opinión, sirvió como laboratorio para ensayar una nueva gama de mapacherías electorales que hacen ver primitivas a prácticas legendarias como el «ratón loco», las «urnas embarazadas» o el «carrusel».
Primero fue el acordeón: sin temor a equivocarnos, prácticamente todos los ministros de la Suprema Corte, así como los magistrados electos en la Sala Superior y en las salas regionales, accedieron al cargo valiéndose de esa artimaña. Ahora son las boletas planchadas.
La Sala Superior
El acuerdo del INE está impugnado y existe una propuesta de sentencia que considera nulos los votos emitidos en boletas planchadas.

Sin duda, de dictarse una sentencia en esos términos, sentaría un precedente que frenaría los ímpetus de algunos partidos políticos y candidatos que, como dice el dicho, si no ganan, quieren arrebatar.



